3 marzo, 2015 08:46



Rafecas sobre las escuchas: «no tienen relevancia»

El juez federal afirmó que las conversaciones difundidas en las últimas horas por diferentes medios no habían sido valoradas por el fiscal Nisman ni por su colega Gerardo Pollicita. «Las que no están en la causa no sirven para nada», dijo.

«Las escuchas filtradas no tienen ninguna relevancia», sostuvo Rafecas.
Foto: «Las escuchas filtradas no tienen ninguna relevancia», sostuvo Rafecas.
El juez federal Daniel Rafecas aclaró que las escuchas telefónicas divulgadas por algunos medios de prensa que no están incluidas en la causa por el presunto encubrimiento de Irán en el atentado a la AMIA no serán tenidas en cuentas en su expediente judicial.

A través de comunicado de prensa publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ), que depende de la Corte Suprema, el juzgado nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 aclaró tres aspectos de la reciente resolución adoptada por Rafecas, donde desvinculó a la presidente Cristina de Kirchner de la denuncia de Alberto Nisman.

En el primero de los aparatados, según consignó Ámbito Financiero, el magistrado rechazó las críticas por la celeridad para analizar la presentación del fiscal fallecido y alegó que utilizó más tiempo del previsto. «El Juez, conforme los arts. 161 y 180 del Código Procesal Penal de la Nación, tiene 3 días hábiles para expedirse, tras la formulación del requerimiento de instrucción por parte del Fiscal. En este caso, atento la complejidad del asunto, el Juez demoró siete días hábiles en hacerlo», sostuvo.

En el segundo ítem, explicó que Nisman aportó solo un centenar de las escuchas registradas por las SIDE. «Con relación a las escuchas telefónicas, el juzgado, para tomar su decisión en tan breve plazo, sólo debió estudiar las transcripciones y grabaciones que presentó la Fiscalía ante el juzgado, que están valoradas en la denuncia del Dr. Nisman y que son de público conocimiento en estos días. En total, fueron unos 15 CD, totalizando un centenar de conversaciones. Su tenor y relevancia fueron debidamente analizadas en el punto 3 b) de la resolución dictada el 26 de febrero», afirmó.

Por último, descartó como pruebas judiciales decenas de audios ventilados en diversos sitios. «Las ‘miles de escuchas telefónicas’ de las que se dan cuenta en distintos medios, relacionadas con estos sucesos, evidentemente no fueron en su momento consideradas relevantes por los organismos encargados de su análisis, ni por la Fiscalía interviniente (UFI AMIA), y no fueron presentados como prueba ante la Justicia para fundamentar la denuncia por encubrimiento, de lo que se puede deducir que se trataría de conversaciones sin vinculación alguna con los presuntos hechos denunciados», enfatizó.