La Congregación para la Causa de los Santos aprobó un nuevo reglamento.
La Congregación para la Causa de los Santos aprobó un nuevo reglamento de la consulta médica con dos modificaciones principales. La primera se refiere a que un caso relativo a un presunto milagro que ya haya recibido tres opiniones con resultado en suspenso o negativo no podrá ser más presentado al examen. La segunda se refiere al hecho de que los pagos a los peritos médicos desde ahora deben obligatoriamente ser depositados en cuentas corrientes a través de transferencias bancarias y no más, como ocurría antes, en dinero en efectivo con la confección de un recibo.
El nuevo reglamento de la Consulta médica de la Congregación de los Santos está compuesto por 20 artículos y fue publicado hoy con un boletín de la sala de prensa vaticana.
La actualización de las normas, se explicó, se hizo necesaria dado que el último reglamento se remonta al 25 de enero de 1983
Respecto de la tarifa de médicos y peritos, se recordó que el honorario para los dos peritos de oficio al momento de la presentación de la causa corresponde a 500 euros. El de la consulta médica, compuesta por siete miembros, fue establecido en total en 3760 euros (540 euros a cada uno).
La Congregación para las Causas de los Santos es la encargada de «regular el ejercicio del culto divino y de estudiar las causas de los santos». Por este «ministerio de la santidad» pasan los candidatos a la canonización. Sin embargo, es el Papa quien tiene la última palabra.
Para avanzar en la canonización, es necesario que se demuestre, a juicio de la Iglesia, que se produjeron dos milagros por intercesión del candidato a santo. Sin embargo, el Papa puede dispensar al candidato de esta condición.