20 abril, 2017 22:37



Por mayoría se aprobó en el Concejo Deliberante la regulación de las fiestas privadas

La norma, impulsada por el Ejecutivo Municipal presidido por el Intendente Enrique Cresto, tiene como objetivo prevenir problemas que pudieran derivarse de la realización de eventos que carecen de controles, al no contar con las habilitaciones de seguridad y con las autorizaciones municipales correspondientes. Fue aprobado por mayoría con 11 votos a favor y 1 voto en contra del Concejal Esteban Benítez, que presentó otro proyecto.

concejo deliberante concordia
En su artículo 1º, la ordenanza, que contó con una amplia mayoría de votos afirmativos, determina que se prohíbe la realización de fiestas, bailes y/o cualquier tipo de espectáculos de características similares con ingreso masivo de personas en lugares no habilitados, al que se pueda acceder por pago de suma dineraria, tarjeta, entrada, o portando algún elemento destinado al ingreso, o con cualquiera otra identificación o contraseña, que no haya obtenido autorización municipal previa. Considerándose ingreso masivo a aquellas que encuentren en el rango de entre 70 y 150 personas.

Fundamentos
Adhiriendo a los fundamentos de la ordenanza el vice presidente municipal y presidente del Concejo Deliberante, Armando Gay, explicó que a través de esta normativa el Estado Municipal se preocupa por la seguridad de todos los ciudadanos, en especial de los jóvenes.

También afirmó»se busca dar respuestas a los reclamos de los vecinos donde se realizan las fiestas, que en muchos casos pierden la tranquilidad de la zona en la que residen por la generación de ruidos molestos y la circulación de personas y automóviles en lugares cercanos a donde se realiza el evento»
Las sanciones

En su articulado la ordenanza establece que en caso de comprobarse por parte de las autoridades municipales la efectiva realización de un evento sin contar con la debida autorización o que, contando con la misma no cumpla con los requisitos de la presente Ordenanza, se labrará el acta correspondiente la que, junto con otros elementos de prueba, se elevará al Juzgado de Faltas Municipales.

En todos los supuestos previstos en esta normativa, la autoridad municipal podrá requerir el auxilio de la fuerza pública, si fuera necesario.