9 agosto, 2017 10:28
Los “errores” en las liquidaciones de los sueldos docentes ha sido un asunto que la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) viene planteando desde finales de 2016.
El último pronunciamiento ocurrió el 18 de julio, cuando se reunió en Concepción del Uruguay el plenario de secretarios generales, y cuestionó con severidad el funcionamiento de un acuerdo con una empresa privada, Lemondata SA, responsable del software de las liquidaciones.
“Los llamados errores de liquidación aumentaron en proporción al pagarse el aguinaldo y así vemos cómo el sistema proporcionado por la empresa Lemondata S.A. no se adapta a la realidad docente y por lo tanto debe ser dejado de lado y volver al sistema vigente hasta octubre de 2016”, reclamó el sindicato.
Lemondata SA es una empresa que fue contratada durante la gestión del exgobernador Sergio Urribarri.
A los reclamos a voz en cuello del sindicato, siguieron las acciones individuales en la Justicia.
Es lo que hizo Denise Ailen Villanuea, docente suplente en la Escuela Primaria Nº 102 de Nogoyá. En julio, le pagaron la suma de $ 905,32 cuando debió percibir un total de $ 4.526,60.
En su caso, el error de liquidación le significó cobrar casi nada.
Entonces, lo que hizo fue plantear un amparo en los Tribunales.
La jueza laboral María Alejandra Abud hizo lugar al recurso de amparo que presentó la docente, y no encontró razón en las justificaciones del Consejo de Educación.
La representante legal del CGE, Adriana Abrigo, planteó que la docente “debería saber que en la suplencia que viene realizando en reemplazo de la señora María Isabel Borgetto, el personal del establecimiento informó como trabajado el período comprendido entre el 8 de mayo y el 6 de junio”.
“Que a la fecha de corte de captura de novedades para la liquidación de haberes del mes de junio del corriente año -efectuada el día nueve- y el aguinaldo proporcional, no había en el SAGE (Sistema Administrativo de Gestión Docente) ningún trámite que informara la continuidad de la actora en la suplencia que realizó”, apuntó la abogada.
La jueza Abud entendió que no había malicia en Educación, que los funcionarios trataron de encontrar la solución, pero advirtió que la situación de falta de pago a un docente de su sueldo amerita “que se tomen recaudos necesarios para evitar la irregularidad en la percepción mensual de sus haberes, sobre todo en la incorporación de los datos de quien carga las suplencias -el funcionario responsable-, donde debería arbitrarse alguna forma que evite que ésta se produzca de manera tardía y de esa forma eliminar de alguna manera la ilegitimidad del comportamiento remarcado, el que surge de la propia prueba incorporada por el Consejo, de donde se observa que habiendo sido designada la actora el 8 de mayo, la institución ingresa el formulario recién el día 16 de mayo, lo que si se hubiera realizado el mismo día con la premura que ameritan dichas circunstancias, ello hubiera permitido que el pago se realizara en forma correcta, lo que a la postre no se realizó, y por lo que en definitiva debe responder la institución demandada, por lo que considero, corresponde hacer lugar a la acción de ejecución interesada, con costas, sin perjuicio de lo manifestado en otros puntos, en el sentido de que si bien ya se han cargado los datos que permiten observar que en la liquidación de los próximos haberes se estaría cancelando los días de junio que se reclaman, los mismos no han sido aún abonados, por lo que no puede ser declarada abstracta la acción instaurada.”.
Así, la magistrada hizo lugar a la acción de amparo y en una resolución del 27 de julio último condenó al CGE “a que en el plazo de cinco días a partir de la notificación de la presente procedan a abonarle a la amparista la diferencia de haberes correspondientes al mes de junio”.
El abogado Ramiro Pereira, que fue quien tramitó el amparo, explica que tiene otras cuatro sentencias favorables de docentes a los que se les liquidó muy de menos el sueldo, y que para resolver el entuerto fueron a la Justicia.
Así lo han dispuesto la vocal de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Gisela Schumacher; el vocal del mismo tribunal Marcelo Baridón; la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones Elisa Zilli; y la jueza Civil y Comercial Nº 6 de Paraná Silvina Rufanacht.
Todos, claro, han sido apelados ante la Sala Nº 1 del Superior Tribunal de Justicia (STJ) por parte del Consejo de Educación, y ahora se espera sentencia definitiva.
Y por eso mismo, los salarios de esos docentes están en veremos
De la Redacción de Entre Ríos Ahora.