El condenado por delitos de lesa humanidad recibió el beneficio por su «delicado cuadro de salud». Le prohibieron la tenencia de armas de cualquier tipo en su domicilio.
Un fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 6 determinó otorgar prisión domiciliaria a Miguel Osvaldo Etchecolatz, tras el pedido efectuado por el abogado Carlos Ranuschio, en su carácter de defensor oficial.
El abogado de Etchecolatz solicitó el beneficio de arresto domiciliario por el artículo 10 del Código Penal y en el artículo 32 de la ley 24.660 que rezan que «por entender que la situación del imputado –quien cuenta con 88 años y diversas dolencias- encuadra dentro de las previsiones de la normativa reseñada, tratándose del geronte con mayor edad en institución carcelaria en todo el ámbito penitenciario federal”.
El represor que revistó en la Policía de la Provincia de Buenos Aires -y fue jefe de esa policía durante la última dictadura- dejó consignado el domicilio de la calle Nuevo Boulevard del Bosque, entre Guaraníes y Tobas, Bosque Peralta Ramos, ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires «ofreciendo como garante en el cuidado del detenido a su Sra. esposa y solicitando –en caso de corresponder- su “vigilancia mediante un dispositivo de monitoreo electrónico”.
El pedido del defensor oficial se basó en «la existencia de un delicado cuadro de salud por parte de Etchecolatz que amerita el otorgamiento del beneficio solicitado, ya que resulta claro que, más allá de la cronicidad de las patologías que padece el nombrado, con el transcurso del tiempo se ha venido presentando una situación de progresivo deterioro de su salud y estado clínico general».
Además, los jueces determinaron que «se prohíbe la tenencia de armas de cualquier tipo en el domicilio consignado para cumplir el arresto».
El fallo fue del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 6 integrado por los jueces José Martínez Sobrino, Julio Luis Panelo y Fernando Canero.
Fuente: Clarín.