El juez federal de Paraná, Leandro Ríos, rechazó por improcedente el planteo formulado por los abogados defensores del intendente Sergio Varisco que el martes 19 hicieron un planteo de revocatoria del procesamiento dictado un día antes, el lunes 18, en el marco de una causa que investiga las ramificaciones en la estructura municipal de la banda narco de Daniel “Tavi” Celis. Para el juez, Varisco actuó como “financiador” de la banda de “Celis”, y en esa tarea contó con la participación del concejal Pablo Hernández (Cambiemos) y de la funcionaria Griselda Bordeira, a cargo de prensa del área de Servicios Públicos.
Al dictar el procesamiento, el juez Ríos entendió que Varisco actuó como “financiador” de la banda de “Celis”, y en esa tarea contó con la participación del concejal Pablo Hernández (Cambiemos) y de la funcionaria Griselda Bordeira, a cargo de prensa del área de Servicios Públicos.
Según publica Análisis Digital, el juez Ríos no hizo lugar a la revocatoria del procesamiento de Varisco. Además, también rechazó “por improcedente” la solicitud de suspensión de los plazos para apelar el auto de procesamiento. En el mismo sentido, no hizo lugar al pedido de la defensa respecto a que intervenga la Agencia Federal de Investigaciones, y a otra serie de medidas.
En el procesamiento, el juez Ríos señaló que entre el mes de septiembre de 2017 y el 2 de mayo de 2018 un grupo de personas comandadas por Celis, junto a Varisco, Bordeira y Hernández “comercializaron de manera conjunta y organizada – entre sí y con personas cuya identidad y rol aún no se ha podido establecer– estupefacientes cocaína en diversas cantidades, asumiendo y ejerciendo diversas funciones de organización, financiación, provisión, distribución, aprovisionamiento, almacenamiento, abastecimiento, venta, reventa y compra del referido tóxico a distintas personas en la ciudades de Paraná y Concordia de la provincia de Entre Ríos y desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Según el juez Ríos, la cocaína, era suministrada desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “por expresas indicaciones y/o solicitudes de Daniel Andrés Celis, quien al momento de los hechos se encontraba detenido en la Unidad Penal Nº 8 de la ciudad de Federal, provincia de Entre Ríos, quien adquiría el estupefaciente, financiaba la actividad de comercialización con fondos provenientes del acuerdo celebrado los primeros días de septiembre de 2017 con el Intendente de la ciudad de Paraná Sergio Fausto Varisco, secundado por el concejal municipal Héctor Pablo Hernández y la Sargento 1º de la Policía de la Provincia de Entre Ríos –activo efectivo afectada en comisión de servicio al Área de Seguridad de la Municipalidad de Paraná– Griselda Noemí Bordeira y, complementariamente, con fondos propios generados por la actividad ilícita de la organización que dirigía y luego encomendaba el transporte de las distintas remesas del estupefaciente a diversas mujeres de mediana edad cuya identidad aún no ha podido establecerse, como así también al propio proveedor Wilber Figueroa Lagos, quien al menos en dos oportunidades, concretamente los días 20 de abril y 2 de mayo de 2018, trasladó personalmente y sin valerse de las mencionadas mujeres, diversas cantidades de cocaína, entre las cuales se incluye el tóxico secuestrado en la residencia de Daniel Andrés Celis y Luciana Ernestina Lemos”.
Pero el mismo día lunes, cuando el juez Ríos dictó el procesamiento de Varisco, se presentó “Tavi” Celis ante el magistrado de forma espontánea y desvinculó al intendente Varisco, a Hernández y a Bordeira.
En función de esa novedad, los abogados Miguel Ángel Cullen y Rubén Alberto Pagliotto hicieron este martes una presentación ante el juez Ríos y peticionaron la “revocatoria del procesamiento” en la causa “Celis Daniel Andrés y otros s/Infracción Ley 23.373”.
“Venimos por el presente, en función del art. 311º del rito, a instar la revocación del auto de procesamiento dictado contra nuestro pupilo en la causa de referencia, en atención a lo declarado por el co-imputado Daniel Celis, que claramente desvincula a Sergio Varisco de la imputación que se le hiciera. V.S. debiera, en atención a lo declarado, dictar el sobreseimiento o, cuanto menos, la falta de mérito, vinculando esta declaración con lo expuesto y acreditado en las indagatorias de Sergio Varisco”, dice el texto de la presentación.
Fuente: Entre Ríos Ahora.