Fuentes de este medio confirmaron que ya estaría redactado el decreto que impone la obligatoriedad del uso de barbijo, tapabocas u otros elementos similares que impidan el contagio
Si bien el decreto que acompaña la presente todavía no está publicado oficialmente, las fuentes consultadas aseguraron que ya es una decisión tomada y que expresamente el decreto se encarga de recordar que no significa levantamiento de la obligación de cuarentena
Recordando que el aislamiento social obligatorio sigue vigente; Y que sólo se suma al mismo la obligación de portar el barbijo cuando una persona autorizada por su actividad salga de su domicilio o para aquellas personas que excepcionalmente salen del mismo para llevar adelante actividades excepcionales como la compra de alimentos o medicamentos
También es bueno recordar que el uso del barbijo tuvo un amplio debate en la comunidad científica respecto de su uso y que es oportuno recordar que el mismo es una medida de contención de las partículas salivales y de otras secreciones que pueden partir de una persona y tomar contacto con otras superficies o personas y que el correcto uso del mismo sólo evita esto último que describimos
Pero siempre debemos recordar que no es una medida que bloquea absolutamente la posibilidad de contagio y que muchas veces su uso produce confusión en las personas que lo portan
Por lo que cabe recordar que el mismo debe ser cambiado según las indicaciones, ya que hay muchos tipos, en los tiempos y momentos que así lo aconseje el envase del mismo y no debe ser tocado por la mano constantemente ni quitado de la boca mientras la persona toma contacto con terceros, algo que sucede habitualmente y sobre todo la conciencia de que a pesar del uso del mismo debemos seguir teniendo todas las previsiones normales y habituales que se dispusieron por decreto de necesidad y urgencia sobre todo las de separación de terceras personas con una distancia de al menos 2 metros