11 mayo, 2020 10:45



DE MAL EN PEOR: Ahora la Cooperativa Eléctrica abre su biblioteca a pesar de que está prohibido

Mientras todas las actividades que se habilitaron en Concordia debieron presentar un estricto protocolo sanitario, para luego poder volver a la actividad, la Cooperativa Eléctrica de Concordia parece seguir con su idea de no estar a la altura de las circunstancias ante la emergencia sanitaria vigente.

A la ya innumerable cantidad de quejas por facturas abultadas – cuarentena mediante – ahora anunció la reapertura de la Biblioteca Julio Serebrinsky para este lunes, 11 de mayo. Cabe destacar que el nuevo decreto, el Poder Ejecutivo Nacional expresamente prohíbe actividades como espectáculos públicos, hoteles, restaurantes, bibliotecas o gimnasios». No delegando esa potestad a los gobernadores o intendentes; ni aún con la presentación de un protocolo.

Específicamente, en el ARTÍCULO 10, titulado «PROHIBICIONES GENERALES», se expresa que «quedan prohibidas en todo el territorio del país, las siguientes actividades:

1. Dictado de clases presenciales en todos los niveles y todas las modalidades.
2. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole
que implique la concurrencia de personas.

3 Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios,
clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

4 Transporte público de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos
en el artículo 11 de este decreto.

5. Actividades turísticas; apertura de parques, plazas o similares».

«Solo el Jefe de Gabinete de Ministros, en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” podrá disponer excepciones a lo previsto en este artículo, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional y previo requerimiento de autoridad provincial o del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», reza la normativa.