26 junio, 2020 11:46



Abogados preocupados por un cambio de voto en la STJ

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) se enfrenta a una situación peculiar en torno a los amparos presentados por trabajadores de la Municipalidad de Paraná a raíz del decreto N° 393 dictado el 17 de marzo último por el intendente Adán Bahl, que dejó sin efecto más de 300 pases a planta dispuestos en 2019 por su antecesor, Sergio Varisco.

Los supremos dictaron dos sentencias contrarias a la disposición de Bahl, y una a favor. Luego, hubo una sentencia a mitad de camino del STJ, que confirmó una sentencia de primera instancia del juez de juicio Pablo Andrés Vírgala: el magistrado rechazó el amparo contra la anulación del pase a planta pero condenó a la Municipalidad a abonarle a la empelada amparista el sueldo no pagado correspondiente al mes de abril.

Fallo Medina González

Con el voto de los jueces  Germán Carlomagno, Bernardo Salduna, Susana Medina y Emilio Castrillón, el STJ confirmó un fallo de primera instancia del juez Pablo Vírgala, que rechazó un amparo de una trabajadora de la Municipalidad de Paraná contra el decreto N° 393,  del 17 de marzo último, firmado por el intendente Adán Bahl y por el cual dejó sin efecto más de 300 pases a planta dispuestos durante el último año de gestión de Sergio Varisco.

Vírgala rechazó el amparo pero condenó a la Municipalidad a pagarle los salarios de abril, aunque la administración Bahl se disconformó con esa medida y apeló la resolución. El caso llegó al STJ que rechazó el planteo del Municipio y confirmó la condena a pagar los salarios adeudados. En cambio, no se trató el planteo de fondo por cuanto la trabajadora, María Candela González decidió no apelar el fallo de Vírgala.

Aunque el STJ tiene  jurisprudencia no coincidente en la disputa judicial en torno al decreto N° 393 que anuló los pases a planta de Varisco, tal como reveló Entre Ríos Ahora. Hay dos fallos que reprochan la política de Bahl, y uno que resolvió avalarla.

El máximo tribunal, con el voto de los vocales Germán Carlomagno, Juan Ramón Smaldone y Claudia Mizawak, y la disidencia de Daniel Carubia, refrendó la política del intendente de Paraná, Adán Bahl, en la causa iniciada por un grupo de municipales, Elizabeth Leonor Seip, Jesabel Estefanía Chaparro, Melisa Daiana Puntin, Ailen María Sol Larrondo, Gabriela Analía Sartonere, Emilio José Ruffiner, César Alejandro Jardin, Marcelo Julian Marin, y Camila Elena Gómez.

Antes, el STJ había confirmado, por mayoría absoluta, el fallo dictado por el juez Civil y Comercial Ángel Moia, que había hecho lugar a una acción de amparo presentada por Silvana Romina Gómez contra el decreto N° 393, dictado en marzo pasado por el intendente Adán Bahl y por el cual dejó sin efecto el pase a planta de la mujer, medida resuelta durante el último año de Sergio Varisco al frente de la Municipalidad de Paraná. Con el voto de los jueces Daniel Carubia, Bernardo Salduna y Miguel Giorgio, el alto cuerpo ordenó al Municipio la restitución de la trabajadora a la plantilla permanente del Estado.

Fue en la causa «Gómez Silvana Romina c/ Municipalidad de Paraná. S/Acción de amparo», y con representación de los abogados Ramiro Pereira y Ramiro Denis.

También el STJ acogió favorablemente una acción de amparo que había sido rechazada en primera instancia. De ese modo, dejó sin efecto lo resuelto por la camarista Norma Ceballos, vocal de la Cámara Segunda Civil y Comercial, que rechazó, a principios de mes, una acción de amparo promovida por una empleada contra la Municipalidad de Paraná, en reclamo a su situación de revista en la planta de personal

La causa “Manuiela Silvina Muñoz c/Municipalidad de Paraná. s/ Acción de Amparo”.Manuela Silvina Muñoz

En ese escenario de fallos contrapuestos, la Ley N° 10.704 de Procedimientos Constitucionales establece: “Cuando se advierta, de oficio o por pedido de parte, que el tribunal designado votó el caso sometido a su consideración en forma divergente a otro fallado con distinta integración, se reunirá el Tribunal en Pleno para decidir la cuestión en el próximo Acuerdo General que se realice”.

Pero en medio ocurrió una situación que bordea el escándalo y que fue advertida por el grupo de abogados que representan a los municipales que han presentado los amparos contra la Municipalidad. Los letrados llamaron la atención por la circulación de borradores de sentencia con un voto de la jueza Medina de Rizzo que hubiese supuesto inclinar la balanza a favor de los empleados alcanzados por la anulación de los pases a planta.

«Los abogados que representan a los trabajadores municipales despedidos por el Decreto 393/20 de la Municipalidad de Paraná, hicieron saber su preocupación ante la circulación de una sentencia del Superior Tribunal de Justicia aún sin publicar», advirtieron a través de una carta pública.

Y agregaron: «Se trata del caso ´Warner, María Eloisa c/Municipalidad de Paraná s/Acción de Amparo´, resuelto a favor de la trabajadora en primera instancia y que –de acuerdo a la sentencia trascendida-  fue confirmado con el voto favorable de los Dres. Castrillón, Carubia y Medina y la disidencia de la Dra. Mizawak».

«Esto tiene su importancia -dice el texto de los letrados- puesto que, tras la Ley 10.704, ante fallos contradictorios en casos análogos, la cuestión se resuelve en un plenario de los nueve vocales y con la sentencia trascendida, hay una mayoría integrada por los Dres. Carubia, Castrillón, Salduna, Giorgio y Medina».

En ese sentido, señalan que «los cuatro primeros vocales ya habían emitido su voto,  en tanto que la Dra. Medina -vocal de la Sala Laboral- según la sentencia sin publicar, se expidió a favor de los trabajadores tanto en el caso ´Warner´ como en otra sentencia sin publicar (Caraballo)».

Abogados amparistas STJ

Los abogados de los trabajadores –Luciano Rotman, Aranzazú Quiroga, Ruben Sieber, Ramiro Menis, Carlos María Fenés, Daiana Moretti, Juan Manuel Britos, Diego Beber, Leopoldo Cappa, Raúl Muñoz y Ramiro Pereira-, señalaron «la angustia y preocupación de sus representados al conocerse los dichos periodísticos que dan cuenta que una vocal con criterio favorable a sus derechos, cambiaría su voto en el fallo plenario, con lo cual los trabajadores perderían su empleo en el difícil contexto de la pandemia».

Y al final apuntaron que «las sentencias contradictorias emanadas del máximo organismo judicial, y las versiones en uno y otro sentido, pueden generar fundadas sospechas sobre la transparencia de los procedimientos».