5 abril, 2021 10:29



Miércoles o jueves: Reforma en Ganancias y monotributo se convertirán en ley esta semana

Tras el receso de Semana Santa, la Cámara alta sesionará esta semana y convertirá en ley dos proyectos que esta administración considera clave y que cuentan con la anuencia de la oposición: se trata de la reforma del impuesto a las Ganancias y el proyecto que cambia el régimen de monotributo. Se espera que el miércoles 7 o el jueves 8 de abril, el Senado de luz verde a las iniciativas, supo AIM.

En el caso de Ganancias, el proyecto apunta a que todos los trabajadores y jubilados que ganen menos de 150 mil pesos brutos no paguen el impuesto a las Ganancias; la medida beneficiará alrededor de 1.267.000 personas.

El beneficio será retroactivo al 1 de enero y el aguinaldo quedará exento del pago del tributo. Además, se establece la deducción del concubino -actualmente se permite solo el cónyuge- y se mantiene el diferencial del 22 por ciento que perciben los trabajadores de la Patagonia en concepto de zona desfavorable.

En el caso de los jubilados, todos aquellos que perciban ingresos distintos al haber jubilatorio, como por ejemplo una renta de alquiler o intereses de un plazo fijo, podrán acceder igualmente al beneficio de la deducción de Ganancias, que pasa de seis a ocho haberes mínimos.

También se eximirá del impuesto al reintegro por gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un tope de hasta el equivalente al 40 por ciento de la ganancia no imponible -67.000 pesos al año, es decir 5.590 pesos mensuales-.

Además, se aumentará la deducción por hijo con discapacidad -sin límite de edad- y se prorrogará hasta el 30 de septiembre de este año la exención de las horas extras y guardias -activas o pasivas- del personal de salud y recolectores de residuos, debido a la pandemia del Covid-19.

En los últimos cambios, se introdujo la posibilidad de deducción del “bono por productividad, falla de caja o concepto de similar naturaleza hasta un monto equivalente del 40 por ciento de la ganancia no imponible” con “efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración bruta no supere la suma equivalente a 300 mil pesos mensuales inclusive”.

Además, se sumó la exención para el personal militar de los suplementos vinculados a la “actividad arriesgada, título terciario, y zona y ambiente insalubre o penoso”.

Otro de los cambios sustanciales es que se faculta al Poder Ejecutivo a “disponer una actualización de los topes mínimos, en función de la evolución que tengan los salarios” para evitar que “con el tema de las paritarias pueda producirse una situación en la que trabajadores que inicialmente están excluidos pasaran a estar incluidos”.

A pedido del radicalismo, se incluyó que las asignaciones a expresidentes, presidentes y vicepresidentes paguen el impuesto a las Ganancias; y la deducción de “la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora” y “el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización”.

Se trata de la iniciativa para atender la situación de los contribuyentes que fueron excluidos del régimen simplificado y que al pasar al régimen general acumularon deudas fiscales difíciles de afrontar, por un total de 20.000 millones de pesos.

Lo que se busca es resolver el problema transitorio de actualización del monotributo durante 2021 como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional, subsanando cualquier inconveniente referido a las recategorizaciones de manera automática.

En el caso de la reforma del régimen de monotributo, el proyecto contempla que los monotributistas que se conviertan en autónomos podrán experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

Así, aquellos contribuyentes con facturación excedida en hasta un 25 por ciento tendrán la opción de mantenerse en el monotributo por el período 2021.

En tanto, quienes tengan una facturación excedida en más del 25 por ciento y que pasaron voluntariamente al régimen general tendrán una deducción del IVA del 50 por ciento en el primer año, del 30 por ciento en el segundo y del 10 por ciento en el tercero.