7 marzo, 2022 23:12
Según se detalló oficialmente, fueron 20 los procedimientos realizados por la Dirección General de Fiscalización de la provincia durante este verano en Concordia. «Se decomisó pescado en zonas no habilitadas para la práctica y se secuestraron armas y artes de pesca», explicaron.
Se detalló que los controles se realizan en el marco del trabajo conjunto que realiza la Dirección General de Fiscalización de la provincia -dependiente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería del Ministerio de Producción-; Prefectura Naval, Gendarmería Nacional y la Policía de Entre Ríos.
«En el transcurso de este verano 2022 se han realizado veinte procedimientos en Concordia, de los cuales se obtuvo como resultado el secuestro de armas y el decomiso de pescado que se encontraba en tenencia de pescadores de la zona en el Área Exclusiva de la Represa Salto Grande», afirmó este lunes la repartición. Subrayando que «también se secuestraron más de mil metros de espineles; que son artes de pesca no autorizadas para la práctica de la pesca en el lugar».
Además, se realizó «un procedimiento con allanamiento a un comercio de la ciudad que ejercía la venta de importantes volúmenes de pescado que provenían de zonas no habilitadas para realizar la actividad de la pesca». Como agravante, se detalló oficialmente, «este comercio no contaba con licencia de acopio y venta de pescado, ni tampoco guías que amparasen la procedencia habilitaba del mismo».
Según la Ley de Pesca Nº4892, y con el fin de preservar la reproducción de cada especie ictícola, se establece un parámetro que debe cumplimentarse para poder extraer el pez; tomándose la medida en centímetros, desde el extremo craneal hasta la base de la aleta caudal.
Por otra parte «en controles realizados en la zona del camping La Tortuga Alegre se realizaron procedimientos en los que se detectó a personas trasladando pescado», se especificó. En los casos en los que se pudo certificar la inocuidad, explicaron que «el pescado fue donado a entidades de bien púbico para su consumo».
Desde la Dirección General de Fiscalización de la provincia informaron que junto con Prefectura Naval se llevan adelante controles permanentes en el río, para evitar el ingreso de personas a pescar en las zonas donde no está permitido hacerlo.
Cabe recordar que la Resolución Nº 2592/86 DGRN, en su Art. 1º establece como “reserva íctica intangible a la zona de seguridad de la Represa Salto Grande en el Río Uruguay, la que abarca desde el murallón de la misma hasta los 1.000 (mil) metros de distancia aguas abajo”.
La misma normativa -en su artículo 3º- señala que queda establecida como “zona de reserva para la pesca deportiva” en el Río Uruguay, a la comprendida “desde el límite inferior de la zona de Seguridad de la Represa Salto Grande, hasta el denominado Salto Chico aguas abajo incluido el mismo”.
Se insta a las personas a practicar la actividad de la pesca de forma responsable, con los correspondientes permisos y únicamente en los lugares, horarios, y con artes de pesca autorizados para esta práctica, para evitar así posibles multas e infracciones. De esta forma se garantiza el cuidado del recurso ictícola de todos los entrerrianos.
Por último, se recordó que la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) por su parte, dispuso la publicación de la Resolución Nº 06/22, que define nuevos alcances para la veda de pesca en el Río Uruguay.
En este sentido, se estableció una veda para la pesca comercial, deportiva y artesanal en horario nocturno y también para la pesca comercial y artesanal durante las veinticuatro horas de los días sábados y domingos hasta el 31 de diciembre de este año. Se aclara en su Art. 3º que las disposiciones no se aplican a la pesca “con fines de subsistencia o de investigación”.
En lo que respecta a la pesca deportiva, se definió “habilitar la pesca deportiva embarcada todos los días de la semana con devolución obligatoria de las piezas, y la pesca deportiva con caña o línea desde la costa sin devolución obligatoria, también todos los días de la semana”.
Esta nueva Resolución comenzó a regir a partir de las publicaciones en el Boletín Oficial de la República Argentina y el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.