23 marzo, 2022 12:00



Hermanos muertos en accidente: apuntan que el chofer tuvo “conducta criminal”

“No fue una mera imprudencia, sino una conducta que desatendió la vida de los demás y hablamos de un chofer del transporte público de pasajeros. Más que una acción culposa, fue una acción dolosa”, explicó el abogado

La muerte de los hermanos Jésica y Damián Cancio Bupo conmocionó a Paraná; el automóvil Renault Megane en el que se trasladaban fue impactado por un colectivo de la empresa Ersa (Línea 6), al mando de Roberto Oscar Mangona. Tras el fatal siniestro -registrado a las 6 del domingo 13 de marzo alrededor de las 6, sobre Avenida de las Américas y calle Lisandro de la Torre- el colectivero fue imputado por el delito de “Homicidio culposo agravado por la conducción antirreglamentaria de vehículo automotor y el número de víctimas fatales”.

Cristian Ermácora se constituyó como abogado querellante en representación de la familia de las víctimas y confirmó que -junto a la Fiscalía- solicitará el recambio de carátula a “Homicidio Doloso”.

Junto a Fiscalía trabajaremos la hipótesis del dolo eventual porque esto no fue un Homicidio Culposo, si bien hoy la caratula es esa”, indicó al explicar qué significa una acción dolosa: “El chofer, que hoy está imputado y con prisión domiciliaria, tenía pleno conocimiento del riesgo ocasionaba porque hay elementos contundentes que acreditan la causa: el cruce del semáforo en rojo, el exceso de velocidad y puede haber algún vestigio quizás de alcohol en sangre”.

Si bien Ermácora reconoció que es “muy difícil” demostrar la acción dolosa por parte del imputado en los accidentes de tránsito, apuntó que la de Mangona fue “una conducta criminal que costó la vida de dos personas”. “No fue una mera imprudencia, sino prácticamente una conducta que desatendió la vida de los demás y hablamos de un chofer de transporte público de pasajeros que transporta vidas humanas. Más que una acción culposa, fue una acción dolosa”, sentenció.

Con el recambio de carátula, el mínimo de pena va de 8 a 25 años

El querellante informó que, junto a Fiscalía, se mantiene a la espera de que se produzca el informe toxicológico, la pericia accidentológica, entre otros, para formular la acusación. “De base, tenemos un accidente culposo con agravantes, lo que tiene una escala prevista de 3 a 6 años, y eso es lo que tratamos de desechar para formular una acusación que implique una pena de por lo menos de 8 a 25 años”, explicó el abogado.

“No fue un accidente con una mera imprudencia, alguien que se distrajo y causó un accidente. Fue muy grave por la pluralidad de víctimas que ocasionó -dos muertos y un lesionado-, sino también, una conducta que es totalmente ajena a la vida de los demás”, insistió Ermácora.

Y respecto de Mangona apuntó que “es un profesional del volante, un chofer de transporte público de pasajeros, que se desentendió totalmente de las vicisitudes del tránsito”.

“Iba a muy alta velocidad”

Pericialmente no está determinada la velocidad a la que conducía el colectivero porque el fiscal espera los informes de las División Criminalística y Accidentología Vial de la Policía de Entre Ríos. Pero para Ermácora, el chofer “iba a muy alta velocidad porque el colectivo impactó contra el auto y ahí recién frenó; no hubo ni siquiera una intención de frenado al cruce del semáforo”.

“Hay videos que son prueba contundente y acreditan el cruce del semáforo en rojo; además se realiza una pericia más técnica y profunda sobre el trayecto que realizó el colectivo y la velocidad en la que se desplegaba”, comunicó el querellante al agregar que “habría indicios de que podría haber algún vestigio de alcohol en sangre en el conductor”.

Finalmente, el querellante explicó que, según la regla del proceso penal, el imputado puede esperar el inicio del juicio en libertad; salvo que haya riego procesal, es decir, la imposibilidad de que el imputado pueda entorpecer la investigación o fugarse. “Si estas situaciones no llegaran a pasar, lo más probable es que esta persona pueda recuperar su libertad una vez que termine la prisión domiciliaria, pero no podría volver a trabajar, dado que está suspendido en la empresa, y sería un atropello que esta persona vuelva a manejar”, sentenció.