27 mayo, 2022 12:25



Megajuicio: Urribarri y Baez apelaron sus condenas

El ex gobernador Sergio Urribarri y quien fuera su ministro de Comunicación, Pedro Baéz, apelaron las condenas a 8 y 6 años de prisión que recibieron en el denominado “Megajuicio” por delitos de peculado y negocación incompatible con la función pública.

Sus defensores esgrimieron en la presentación que el Tribunal que los condenó se limitó a tomar “todos” los argumentos de Fiscalía al pie de la letra y no valoró ni respondió los que presentaron las defensas.

La presentación de Urribarri y Báez se concretó antes de que este viernes 27 venza el periodo para cuestionar las condenas que les impuso por unanimidad el Tribunal de Juicio integrado por José María Chemez; Elvio Garzón y Carolina Castagno a principios de abril. Además de la prisión, se les impuso la inhabilitación absoluta perpetua para volver a ejercer cargos públicos.

Las defensas de ambos solicitaron en la apelación que se los absuelva o, en todo caso, que se anule el juicio realizado durante fines del año pasado y principios del corriente y se realice uno nuevo.

En el juicio se ventilaron cinco investigaciones: la de los spots de la Cumbre del Mercosur; la de la solicitada contra los fondos buitres; la del parador de Mar del Plata; la de la cartelización de la publicidad oficial en vía pública y la de una publicidad contratada por el Estado en una empresa que no había terminado de constituirse.

El Tribunal de Juicio entendió que todas estas fueron maniobras para desviar fondos públicos hacia fines particulares, uno de los cuales fue la campaña de Urribarri para llegar a la presidencia.

• Argumentos

Para fundar el pedido, los abogados de los ex funcionarios afirmaron que la sentencia del Tribunal de Juicio “por un lado, ha infringido principios constitucionales básicos (principio de legalidad, principio de culpabilidad, principio de inocencia, principio de defensa en juicio, principio de juez natural) y, por el otro, incurre en groseras arbitrariedades fácticas y normativas que la descalifican como acto jurisdiccional válido”.

Además, se registró en el fallo “una completa omisión de tratar nuestros argumentos, que simplemente han sido desestimados mediante un firme acto de voluntad, no de razón, que ha llevado al tribunal a reproducir y conformar acríticamente, los argumentos –todos- de la acusación oficial”, esgrimieron.

La defensa de ambos manifestó que el texto del pedido de apelación no agota todos los argumentos que tienen para cuestionar la decisión del Tribunal debido a la extensión del fallo (más de 600 fojas) y el escaso tiempo de análisis. Adelantaron que durante la audiencia correspondiente ahondarán en los razonamientos de la apelación.

En el detalle de los factores que consideraron que fundamentan su posición, listaron una serie de puntos que formaron parte del debate que se dio antes y durante las audiencias. Algunos de ellos son la validez de algunas pruebas y de las actas de los allanamientos realizados en la causa de las “imprentas”, las falencias en la cadena de custodia, la falta de idoneidad de los peritos que realizaron las pruebas informáticas, entre otras.

La apelación se presentó ante Chemes; Garzón y Castagno quienes, si le dan curso, deberán elevar las actuaciones ante la Sala 1 de la Cámara de Casación Penal que deberá expedirse sobre el recurso.