21 mayo, 2020 11:52



Iosper no paga prestaciones a quienes perciban el salario de emergencia

La obra social señaló en un comunicado que están garantizadas las prestaciones básicas de atenciones para los afiliados discapacitados. No obstante, aclaró que no se abonará prestaciones a quienes cobren el Ingreso Familiar de Emergencia.

El Directorio Obrero del Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper) informó este miércoles que adherirá a la resolución 140/20 de la Agencia Nacional de Discapacidad (AND) que dispone mantener las prestaciones básicas de atención integral a todos aquellos afiliados discapacitados “que las hayan recibido y que efectivamente puedan demostrarlo”, informó el presidente de la institución, Fernando Cañete.

No obstante, en el comunicado enviado a INFORME DIGITAL, el funcionario explicó que las prestaciones básicas de atención integral correspondientes a marzo, abril y mayo de 2020, serán liquidadas y abonadas en su totalidad, contra la entrega de la documentación respaldatoria, pero aclaró que no se abonará a quienes perciban el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

En cuanto a las prestaciones básicas a discapacitados, Iosper señaló que garantizará las prestaciones contempladas en el nomenclador de la Ley 24.901, durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. En ese sentido, recordó que quedan exceptuadas las prestaciones del nomenclador de la Ley 24.901 que impliquen alojamiento de las personas con discapacidad, y las que sean debidamente autorizadas.

Cañete indicó que “es necesario mantener las respuestas adecuadas para que las personas con discapacidad mantengan las prestaciones básicas que puedan realizarse a distancia, y que reciban la prestación alimentaria, para garantizar el derecho en igualdad de condiciones”.