31 marzo, 2026 09:52
El Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 a cargo de Raúl Ojeda resolvió hacer lugar a la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspender la aplicación de más de 80 artículos de la Ley de reforma laboral 27.802, al considerar que existen indicios suficientes de inconstitucionalidad y peligro en la demora mientras se tramita la causa principal.
La decisión, firmada este lunes, en el expediente “CONFEDERACION GENERAL DEL TRABAJO DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ ESTADO NACIONAL s/ ACCION DECLARATIVA”, tiene alcance colectivo y rige para todos los trabajadores y empleadores alcanzados por la legislación laboral nacional.
En la resolución, el magistrado dispuso la suspensión provisoria de los artículos cuestionados “hasta tanto se dicte sentencia definitiva”, al entender que la entrada en vigencia de la reforma podría generar efectos jurídicos y materiales irreversibles en las relaciones laborales.
Ojeda sostuvo que la cautelar se justifica por la existencia de una “verosimilitud del derecho calificada” y por el riesgo de que, de aplicarse las normas, se produzca un “consumo de derechos” que luego resulte imposible reparar.
Dentro de los artículos suspendidos, se compren los de la Ley de Contrato de Trabajo, Fondos de Asistencia Laboral, Cambios en huelga, jornada y trabajo agrario, Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical, Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.
El magistrado consideró que las reformas podrían implicar una regresión en los derechos laborales, afectando principios constitucionales como la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales y la libertad sindical.
En particular, sostuvo que la comparación entre la normativa vigente y la nueva regulación permite advertir de manera “patente y flagrante” una posible desprotección de los trabajadores, lo que justifica la intervención judicial preventiva.
Asimismo, afirmó que la intervención del Poder Judicial en esta etapa cautelar no vulnera la división de poderes, sino que constituye el mecanismo previsto por la Constitución para controlar la validez de las leyes cuando se denuncian violaciones a derechos fundamentales.
Fuente: Mundo Gremial.